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viernes, 29 marzo, 2024
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El Tribunal Supremo tumba el proyecto de Las Aletas

El Tribunal Supremo ha anulado el acuerdo del Consejo de Ministros que en 2015 declaró una reserva sobre el dominio público marítimo terrestre para el parque industrial y logístico de Las Aletas, en Puerto Real, un nuevo varapalo para este proyecto paralizado desde 2009 por reveses judiciales.

En una sentencia hecha pública hoy, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo da la razón a la organización ecologista WWF ADENA en el recurso que interpuso contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 13 de febrero de 2015, que declaró una reserva del dominio público marítimo terrestre para actividades logísticas en estas marismas por un periodo de 75 años.

La organización ecologista alegó que la reserva de este suelo para este polígono industrial y logístico ponía en peligro la integridad del suelo, era ilegal y destruiría “de forma irreversible” la marisma de Puerto Real.

El acuerdo del Consejo de Ministros que el Supremo ha anulado ahora sustituía a otra declaración de reserva que el Gobierno hizo en 2007 y que declaró una reserva de 286 hectáreas del dominio público terrestre para este proyecto de 527 hectáreas.

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El Supremo, tras otra denuncia de los ecologistas, paralizó en 2009 al anular este acuerdo del Gobierno.

Para adecuarse a los criterios de esta sentencia, en 2015, el Consejo de Ministros aprobó otro acuerdo que dobló la superficie ambiental, de 120 a 240 hectáreas, fijó un plazo a la reserva de 75 años y recogió la obligación de restituir los terrenos al estado anterior al de la declaración de reserva cuando acabase la concesión.

Pero el Supremo ha tumbado de nuevo la intención de ubicar este polígono en una marisma de enorme valor ecológico, situada en el límite del Parque Natural de la Bahía de Cádiz y limítrofe con importantes espacios protegidos de la red Natura 2000 como la Bahía de Cádiz, los Fondos marinos de la Bahía de Cádiz y el Salado de San Pedro.

En su sentencia entiende que el fin del proyecto, que tenía la previsión de crear 18.000 empleos en la provincia con mayor desempleo, es “legítimo”, pero insiste en que para que se le dé este suelo no basta con que la ubicación resulte ventajosa, sino que es “imprescindible” que se justifique que por su naturaleza “no puede tener otra ubicación”.

La sentencia destaca que “parece claro” que las actividades permitidas por el acuerdo del Gobierno en este espacio (logístico, tecnológico, industria no contaminante de última generación, empresarial y de servicios a empresas, científico en función de apoyo a los anteriores) pueden tener otra ubicación.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa, da además un varapalo de fondo al proyecto, ya que recuerda un informe del Tribunal de Cuentas de la UE en el que consta que “el Puerto de Cádiz ha perdido entre 2007 y 2015, un 53 % de su tráfico”.

Partiendo de ese descenso de actividad y de los espacios destinados a los mismos fines “en otros puertos nacionales e internacionales como el de Santa Cruz de Tenerife, Rotterdam o Hamburgo”, para el tribunal los espacios logísticos proyectados en Las Aletas resultan desproporcionados.

Además la sentencia indica que las previsiones del acuerdo anulado para la recuperación de los terrenos a su estado anterior tras los 75 años de actividad “son ciertamente escasas y sumamente genéricas” y no permiten asegurar que las marismas puedan volver a recuperar sus características.

“El proyecto carece de serias, reales y fundadas previsiones sobre el proceso de recuperación de los terrenos una vez extinguida la reserva”, añade la sentencia.

FUENTE: EFE

Redacción
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