La situación de Ley Concursal del Puerto Real CF ve la luz de manera documental. ID ha tenido acceso al auto emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Cádiz en la que confirma el concurso de acreedores e intervención de un Administrador Concursal desde el pasado 26 de Marzo.
En este auto, notificado a las partes el día 31 de Marzo, el procurador de los tribunales señala las personas y entidades que se unieron en el juzgado para presentar la demanda para solicitar el concurso necesario para el Puerto Real CF. Seis personas físicas y cinco empresas son las que figuran como acreedores del Puerto Real CF en este auto.
Posteriormente, en el punto cuarto de este auto emitido confirma que admitió a trámite la solicitud de los acreedores, con el allanamiento del propio club para entrar en dicha situación. Una decisión que, por tanto, el Puerto Real CF, y su presidente sabían desde mucho antes de acabar la competición en la Primera Andaluza, aunque el club nunca habló sobre este tema en los medios hasta el último encuentro de liga, tras el descenso a Regional Preferente.
Pese a este hecho, el auto llega su punto séptimo en los precedentes afirmando que «conforme al artículo 40.2 de la LC, en caso de concurso necesario, se suspenderá el ejercício por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal, debiendo atenderse, en el ejercício de dichas facultades, a su conservación en el modo más conveniente para los intereses del concurso. No obstante, el apartado 3º del Art. 40 LC, permite al juez acordar la intervención en caso de concurso necesario, motivando el acuerdo, señalando los riesgos que se pretenden evitar y las ventajas que se quieren obtener. En el presente caso, existen datos que permiten aplica la excepción, dado el allanamiento de la concursada, que permite presumir colaboración en la tramitación del proceso, así como la conveniencia para el interés del concurso de evitar en tan inicial momento, la suspensión de facultades, ante la peculiaridad de la gestión de un club de fútbol, que aconseja el mantenimiento de los administradores sociales en el ejercicio de tales facultades con la intervención del Administrador Concursal designado».
Algo que, junto a la posterior publicación de Concurso necesario de Acreedores suscrita en el BOE, permite conservar las facultades de «administración y de disposición de patrimonio» a los actuales directivos, «pero sometidas éstas a la intervención del Administrador Concursal». Un administración concursal que ha recaído en las manos del sevillano Juan Francisco Sánchez Rojas. Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Puerto Real CF tuvo un mes para comunicar la existencia de créditos, en este caso lo que ingresa el club por medio del contrato que tiene con la Empresa Pública de Suelo y Vivienda de Puerto Real (EPSUVI).
Con ello, el auto dispone en su acuerdo declarar el concurso necesario de acreedores, siendo el propio Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Cádiz el competente para declarar y tramitar el concurso.
Tres meses y medio de retraso para los jugadores
La coincidencia del auto del concurso necesario de acreedores por parte del Puerto Real CF coincide prácticamente en tiempo con los retrasos que han sufrido los jugadores del conjunto verdiblanco, a quienes el club debe tres meses y medio, según ha podido saber Informe Deportivo.
Los futbolistas ya estuvieron cerca de emitir un comunicado a los medios de comunicación después de tener varios retrasos tras el periodo navideño, algo que finalmente no se produjo después de el club abonara lo correspondiente a los meses atrasados. Ahora, con el Concurso de Acreedores y la intervención por parte de un Administrador Concursal, habrá que ver si el club puede hacer frente a los compromisos adquiridos durante esta presente temporada.