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jueves, 21 noviembre, 2024
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Peinado, Martínez, Ayuso, Parrado y Córdoba, seguirán imputados en el Caso de los Aceites Usados

Los miembros del Equipo de Gobierno del Partido Andalucista, Maribel Peinado -alcaldesa en funciones-, Juan Carlos Martínez, José Antonio Ayuso, Beatriz Parrado, y el técnico del Área de Medio Ambiente, José María Córdoba, continuarán como imputados en el Caso de los Aceites Usados de Cocina denunciado por GEREGRAS. Los Secretarios, Emilio Del Río y Antonio Aragón, quedan desimputados. 

Pese a estar en plena Feria 2015, la actividad no ha cesado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Puerto Real. De hecho, en los últimos días hemos podido conocer un nuevo auto por parte de la Jueza Magistrada que instruye el Caso de los Aceites Usados de Cocina denunciado por la Asociación Nacional de Gestores de Residuos de Aceite y Grasas Comestibles (Geregras). Tras la declaración de Chelo Catalán, representante de Madre Coraje en Puerto Real, por el Caso de los Aceites Usados, ya conocíamos que su instrucción estaba prácticamente concluida y estábamos a la espera de un nuevo auto que indicara por dónde seguiría el caso.

A ese auto ha tenido acceso Puerto Real Hoy, y en él puede leerse, en su Parte Dispositiva, que la Jueza Magistrada acuerda que «continúe la causa, por el tramite de PROCEDIMIENTO ABREVIADO establecido en el Capítulo IV, Título II, Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contra los imputados, Dª. María Isabel Peinado Pérez, Dª. Beatriz Parrado Soto, D. Juan Carlos Martínez López, D. José A. Ayuso Marente y D. José Mª Córdoba Pérez, por su presunta participación en los delitos referenciados en los antecedentes de esta resolución, previstos y sancionados en los arts. 404 del C.P., Penal».

Un auto, de cinco folios, que describe perfectamente, en los antecedentes del hecho, todo lo expuesto por los imputados sobre el Caso de los Aceites Usados, desde el momento de la firma del convenio entre el Ayuntamiento de Puerto Real y BioUniversal SL hasta la firma de la adenda a dicho convenio entre las dos partes, por el cual «ampliaba la recogida de aceites vegetales usados a la totalidad de los procedentes de los establecimientos comerciales, instituciones y Hostelería de esta Ciudad de Puerto Real, otorgando a la empresa BioUniversal SL, con carácter exclusivo la recogida de todos los aceites usados del Municipio».

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Otra de las cuestiones que se detallan en los antecedentes del hecho, es la misiva enviada por parte de la alcaldesa de la localidad, Maribel Peinado, y la Concejala de Medio Ambiente, Beatriz Parrado, a los distintos comercios de Puerto Real, «con la finalidad de que los aceites usados no fueran entregados ni recogidos por otra/s empresa/s distintas a BioUniversal SL, y de las que hasta ese momento se encargaban de la recogida otras que existían en el Municipio tales como «Madre Coraje» y «Verdegras SL», y que ello era conocido por el Ayuntamiento y además así se lo hicieron saber los comerciantes de la zona ante el descontento general que esta exclusividad les suponía«.

También sigue la imputación en la causa para Juan Carlos Martínez, concejal de Urbanismo; José Antonio Ayuso, Concejal de Seguridad Ciudadana, y para el técnico del Área de Medio Ambiente, José María Córdoba. Tanto a Juan Carlos Martínez y a José Antonio Ayuso siguen imputados, según el auto, por llevar la el convenio y la adenda a la Junta de Gobierno Local y al Pleno del Ayuntamiento, sometiéndolo a votación por urgencia, «sin que conste, tras el estudio de la documentación unida a autos, que exista justificación/informe necesario de tal urgencia» por parte de los mismos. De hecho, los distintos secretarios generales, Eduardo Muriel, Emilio Del Río y Antonio Aragón, declararon que no existía ni informe ni justificación para el trámite de la urgencia.

Por otra parte, el auto también concluye que «existe una falta total de informes técnicos favorables para la aprobación del Convenio y adenda, tales como el del jefe de intervención de los servicios jurídicos entre otros, falta la publicación para licitar esta actuación de conformidad con la Ley de Contratos del Sector Público». De hecho, en su tercera disposición, el auto «se deriva indiciariamente que la aprobación y ejecución del Convenio y Adenda aprobado/s por Decreto de la Alcaldía no se ajusta a lo reclamado conforme a la legalidad prevista en la Ley 2/2000 de Contratos de las Administraciones públicas ante la inexistencia de expediente, la omisión de concurso y sin justificarse la adjudicación directa y con exclusividad y la falta subsidiaria consulta previa a otras empresas».

Todo estos antecedentes podrían ser calificados, según los razonamientos jurídicos, como constitutivos de delito previstos en el Artículo 404 del Código Penal, en relación a los artículos 103 y 106 de la Constitución Española. En dicho artículo 404 del CP se dice que «A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años«.

Por su parte el Artículo 103 de la CE afirma que:

1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.

3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

Mientras que el 106 de la CE se refiere a:

1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican.

2. Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

En cuanto al auto, la Jueza Magistrada señala que es la misma no es firme y contra ella puede interponerse recurso de reforma ante el mismo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Puerto Real en un plazo de tres días.

Los Secretarios, desimputados

La otra noticia destacable del auto es la desimputación de los dos Secretarios Generales del Ayuntamiento de Puerto Real, Emilio del Río y Antonio Aragón. Ambos, tras sus declaraciones, han sido desimputados, ya que sus nombres no aparecen en el auto.

Redacción
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14 COMENTARIOS

  1. Yo tengo una gran duda, a ver si alguien me lo puede aclarar. Aquellos imputados que ya han dejado el partido y lo que viene siendo la politica y el ayuntamiento en general como seria el caso de la exconcejala de medio ambiente, en que se supone que le afectaria el hecho de la inhabilitacion para empleo publico?? Significa que la peinado no podra ejercer de profesora, o que parrado no podra ejercer de matrona o enfermera por lo publico. Porque si no es asi, nose que clase de castigo se supone que se les esta dando.

    • Yo entiendo que no podrían ejercer. La ley dice empleo o cargo público. Es más indignada, se dice que la alcaldesa ya tiene un sillón en Diputación. Si la inhabilitan tendría que dejarlo. Espero que el PSOE lo tenga en cuenta cuando pacte con PA y máximo cuando ellos mismo, si no recuerdo mal, dieron cuenta, junto a Mosquera a Fiscalía por el tema de los contratos de teatro y demás.

  2. Al seguir adelante la imputacion de todos vosotros ,¿ tienes todavia , Maribel, valor de optar a un puesto en Diputacion ?
    Creo que la voragine no te deja razonar, recuerda que si sales condenada no podras dar clases, y eso es lo mejor , ya que no podras educar a tus alumnos para no seguir tus pensamientos.

    Abandona la politica de una vez , por favor

  3. Esta señora aceitosa no tiene dignidad y si mucha cara, se va a ocupar un puesto en Diputación, no está imputada?; y a esperar a que salga algo más. Y a su niño bonito que le está buscando, porque con los brazos cruzados no se va a quedar, el pobre.

    • Su niño bonito ya tendrá algo y su otro niño bonito imagino que también. Confío en la justicia y espero que la inhabilitación llegue pronto y se le termine las tonterías y vivir del cuento. Es muy triste que cualquier trabajador tenga que estar toda la vida partiéndose la espalda para «una paguita chica»y estos con 4 años en Diputación les quede 1000€ VITALICIOS. Y yo venga mandar las etiquetas del nescafé.

  4. La foto de la noticia es muy relevante, el tecnico de espaldas y los demas de frente sobre el hombro, como en la mili.
    Algo tendra que decir este tecnico ante la justicia.
    Suerte Chema , que creo que te va ha hacer falta.
    Medico y de Medio Ambiente no se puede ser, el olivo y las personas no son iguales.

    • Suerte no le va a hacer falta porque no la necesita. La incompetencia no es del técnico de medio ambiente que es un mandado sino del gobierno que es el que da las órdenes. Mas profesional y honrado que el no lo hay, y tanto años que lleva sin una mancha en su persona, por algo será que cuando han gobernado estos (comentario moderado) le ha caído el pato a el, tranquilo que todo se resolverá y podrás dar por sentado que el ni se esconde ni ha tenido que ver con la patraña de gestión que se ha llevado a cabo.

      • Estimado usuario “Manuel”, su comentario ha tenido que ser moderado por el Administrador de Puerto Real Hoy. No podemos tolerar insultos ni descalificaciones hacia nuestros representantes políticos. Le animamos a moderar los comentarios usted mismo para el buen funcionamiento del debate. Muchas gracias por confiar en Puerto Real Hoy.

  5. Recuerdo que fue Mosquera la que dijo que no entendía la urgencia de llevarlo a pleno y que esto había que sacarlo a concurso publico. Fue entonces ,a través de esta intervención de Mosquera cuando el secretario hace la consulta a la junta si era obligatorio sacarlo a concurso publico o no. A partir de aquí se descubre el supuesto marrón. Buena oposición atento a los posibles desmanes.

  6. «la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años“.
    Si alguien puede aclarármelo: ¿esto significa que ni siquiera puede volver a dar clase por su inhabilitación para empleo público?.
    Gracias

    • la vez que no se si pueden ejercer su trabajo,el que lo tenga de los imputados,creo que alguno no tiene
      lo que si lo que le ha pasado a la alcadesa de rota,4 años y medio de carcel y 15 años inhabilitada(por caso de horas extras,no de aceite),a que pensar que aqui le pueden caer algo tambien,para eso esta la jueza

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