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jueves, 26 diciembre, 2024
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Historia de Puerto Real: Notas sobre la Prioral de San Sebastián (VII)

En los artículos anteriores hemos hecho referencia tanto a la antigüedad de las noticias que menciona la presencia de enterramientos en el interior del espacio del templo de San Sebastián (unas noticias que se remontan al siglo XVI), como a la división (y, puede decirse, parcelación) que se produce del referido lugar sacro, con la compra y venta de sepulturas en los más singulares espacios de la citada iglesia, desde las capillas laterales y principal a los aledaños de los ingresos al edificio.

Son múltiples, desde el siglo XVI al XVIII, las citas y referencias que es posible encontrar en los manuscritos y documentos relativos a personas que desean recibir sepultura en la Prioral Mayor de San Sebastián; entre ellos se cuentan muchos que quieren ser sepelidos en sepulcros pertenecientes a su familia, a sus padres, a su esposa, a sus hijos… Sirvan como ejemplo de ello, además de la familia Hurtado de Ávila y su Capilla del Señor San José y Nuestra Señora del Sagrario, los casos de Antón García Mojarro, quien en 1649 recibe sepultura en la Capilla de Nuestra Señora del Rosario, pese a poseer otro sepulcro en la Capilla Mayor, vinculada asimismo a su persona ya que era propiedad de sus padres[1]. Igualmente, en 1652 un vecino llamado Juan Mulero elegiría como sepulcro …mi sepultura de la Capilla Mayor de mis padres…[2]. Ese mismo año se enterraría en la Capilla de Ánimas Lucas Franco Ramírez, …en la sepultura que tengo de mi mujer (…) debajo del púlpito…[3]. Los ejemplos son, pues, numerosos y sacan a relucir la existencia de estos recintos mortuorios vinculados a las mismas familias durante generaciones; estos ejemplos no sólo se circunscriben al siglo XVII (como los antes citados), sino que incluso antes del Seiscientos, en fechas aún realmente tempranas, cuando se estaba todavía llevando a cabo la construcción de este templo, ya queda de manifiesto la existencia de estos nichos familiares, de estos enterramientos en la Prioral.

En cuanto a la adquisición de sepulturas, las compras de las mismas se podían hacer ya fuera a otros particulares, propietarios de las mismas, ya fuera a la propia fábrica parroquial, a la iglesia. Un caso del primer tipo de compra es la llevada a cabo a mediados del siglo XVII con varias sepulturas propiedad de un portorrealeño emigrado a las Indias. En 1647 Diego de Orta realiza una escritura de poder a favor de Diego González para que este González pudiera proceder a vender determinados bienes que el primero de ellos poseía en la Real Villa. Diego de Orta había viajado a América, más en concreto a la entonces denominada provincia de Tierra Firme, lo que hoy día conocemos como América Central (o Mesoamérica), y en dicho lugar finalmente fallecería. Para que se pudiera proceder al pago de ciertas deudas que el antedicho de Orta había contraído se hizo necesario vender algunos de sus bienes, entre los cuales se contaban dos sepulturas que poseía en la Iglesia Mayor de San Sebastián. En las escrituras notariales relativas a esta cuestión, en una carta de compraventa, los objetos de interés serían:

… dos sepulturas en la iglesia Mayor de esta Villa, la una que está en la Capilla de Nuestra Señora del Rosario [actual antesala de la Capilla del Sagrario], en la iglesia Mayor de ella, con un escaño que tiene, y la otra está en medio de la dicha iglesia, junto a una sepultura de las de doña Jerónima, mujer de dicho Diego González…[4].

Asimismo y gracias a los libros de cuentas de fábrica portorrealeños, conservados en el Archivo Diocesano de Cádiz puede verse cómo se adquieren algunas de estas sepulturas, en esta ocasión compradas a la fábrica de la parroquia, quedando constancia del valor económico que representaban dichas compras; para ello contamos con el ejemplo de Miguel Plat, datado a comienzos del mismo Seiscientos:

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…se le hace cargo de doce ducados que hacen cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho maravedís de la limosna de un asiento de sepultura que se vendió a Miguel Plat Infantes que está en la capilla de los Remedios…[5].

Estos ejemplos muestran con claridad el negocio que se establecería con el suelo -sacro, por otra parte- de este templo portorrealeño durante la Edad Moderna: las sepulturas de sus criptas, (una vez adquiridas, y aun antes de ello) son objeto de interés comercial, más allá de lo estrictamente religioso, más allá de lo que concierne específicamente al campo de la fe y la creencia: son objeto de interés comercial, y objeto de compraventa por ello; algunos de los propietarios de estas sepulturas pretenden vincularlas a sus patrimonios familiares: estos lugares, estas tumbas, se transmitirían por vía de herencia (siendo igualmente susceptibles de compra y de venta) e incluso encontramos algunas personas que son dueñas a la misma vez de varios sepulcros, teniendo que escoger entre los mismos el deseado de cara a albergar su postrer descanso.

Puerta principal de la Iglesia de San SebastiánYa hemos contemplado anteriormente cómo en el interior de la Iglesia Prioral de San Sebastián se produce una clara jerarquización espacial, no sólo en los espacios de los vivos, sino también en los espacios de los muertos. Así, ciertos lugares se consideraban más dignos, incluso podríamos decir que más cargados de sacralidad que otros, y poseer una sepultura en un espacio de dichos lugares representaba un signo de estatus social, de prestigio (incluso de ostentación, de lujo, de poder); ser capaces de poder acceder a uno de los sepulcros situados en estas zonas de mayor prestigio en el interior del templo parroquial era de seguro el deseo de muchos de los vecinos de la Villa, por todo lo que ello llevaba aparejado.

Las capillas del templo, con sus correspondientes bóvedas funerarias inferiores, gozaban de un mayor valor (en el sentido de lo que estamos señalando) sobre el resto de los espacios de este recinto templario: recibir sepultura en una de éstas estaba reservado tan solamente a un muy contado número de portorrealeños. Menor aún era el número de los que podían disponer de toda una capilla para poder convertirla en una cripta familiar, en un espacio enteramente privado, cerrado a todos aquellos que fuesen ajenos al clan, de distinta sangre a la del fundador; en este sentido, y de hecho, hoy día sólo podemos asegurar -documentalmente- la existencia de una tal capilla familiar en la Prioral de San Sebastián de Puerto Real, la Capilla del Señor San José y Nuestra Señora del Sagrario, que sería propiedad desde su fundación como tal espacio sepulcral familiar (aproximadamente en los años cuarenta del siglo XVII) de la ilustre estirpe portorrealeña de los Hurtado de Ávila y Cisneros, un espacio donde recibirían sepultura los miembros de este linaje y sus descendientes desde entonces (desde la primera mitad del siglo XVII) hasta fines del siglo XVIII.

El resto de capillas del templo, como podremos ver, no contarían con este carácter de sepulcro familiar, pues su espacio sería compartido entre diferentes personas, que aparentemente no presentaban ningún lazo de consanguinidad entre ellas, si bien también es cierto que ciertas tumbas de estas capillas se transmitirían por vía de herencia dentro de la misma familia. Quizá el nexo de unión entre ellas, entre dichas personas, pudiera ser el pertenecer a alguna cofradía, concretamente a la que se ubicaba en la capilla donde tales individuos recibirían sepultura; de esta forma estos espacios funerarios serían propiedad -o al menos, de uso exclusivo- de los cofrades de la hermandad en cuestión, ya que cada una de las capillas que hemos constatado en la Mayor Prioral cuenta con su cofradía homónima; de este modo, contamos con la cofradía de Nuestra Señora de los Remedios, la de Nuestra Señora del Rosario, o la de los Dolores o la de las Ánimas del Purgatorio[6].

REFERENCIAS:

[1] AHPC. Protocolos notariales, sec. Puerto Real. L. 60, f. 78.

[2] AHPC, Protocolos notariales, sec. Puerto Real. L. 61, f. 86.

[3] AHPC. Protocolos notariales, sec. Puerto Real. L. 61, f. 11.

[4] AHPC, Protocolos notariales, sec. Puerto Real. L. 55, f. 377.

[5] ADC. Cuentas de fábrica. L. 1131, s/f.

[6] Es de advertir que los datos que daremos en los próximos párrafos, relativos por ejemplo a personas relacionadas con determinadas capillas del templo, se refieren a la denominación antigua de las referidas capillas, esto es, y por ejemplo, el nombre que tenían durante los siglos XVI al XVIII.

Redacción
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