Coincidiendo con la aplicación de las medidas de desescalada, dictadas por la Administración General del Estado, y el Decreto 21/2020 de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID- 19 se han venido manteniendo reuniones tanto a nivel técnico como con la representación de los comerciantes de los dos mercadillos ambulantes existentes en Puerto Real.
En dichos encuentros se ha requerido por la representación de los comerciantes el retorno a la ubicación señalada en la Ordenanza de Comercio Ambulante conforme a las instrucciones que se aprueban en Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de junio del corriente.
A los efectos de reordenar las determinaciones sobre venta ambulante y garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana, desde Alcaldía, una vez oída a la representación de los comerciantes y a la vista de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza Municipal, sobre la determinación del emplazamiento para el ejercicio del comercio ambulante, así como del número y superficie de los puestos, periodicidad, y en general cuantas cuestiones relativas al comercio ambulante no estén definidas o determinadas en el texto refundido de la Ley de Comercio Ambulante, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2012, de 20 marzo, se ha resuelto :
Primero.- Modificar el emplazamiento del mercadillo de los viernes y los sábados, de tal manera que vuelvan a la ubicación establecida en la ordenanza municipal, celebrándose a partir del viernes 19 de junio en el paseo marítimo, y el sábado 20 de junio en la calle Proa conforme a las determinaciones del Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de junio del corriente.
Segundo.- Los comerciantes con autorización para venta ambulante en el mercadillo viernes, podrán montar los viernes en la ubicación habitual estableciendo una calle de separación entre puestos de 5,60 metros lo que implica que los puestos establecidos en la zona cercana a la ribera se retranquean hasta dar cumplimiento a esta distancia.
Tercero.- El mercadillo de los sábados mantendrá su ubicación habitual en la calle Proa, con objeto de evitar al máximo el contacto entre ciudadanos residentes y el trasiego de viandantes, para acceso a sus vivencias, solo se autoriza se instalen en la calle Proa entre en su intersección entre Botavara y Guatemala, quedando totalmente prohibido el montaje en la calle Proa entre Guatemala y Costa Rica.
Cuarto.- Los instalación de los puestos en ambos mercadillos deben responden a un diseño de 6 metros de ancho, quedando solo autorizado la instalación de una zona de venta no superior a 4 metros, debiéndose dejar un metro a cada lado de la zona de ventas entre puestos. Los puestos no pueden quedar unidos entre si, bajo ningún concepto. Debe evitarse la instalación de objetos colgantes en las viseras para evitar al máximo el contacto de productos con las personas, y dar cumplimiento a la distancia de social de metro y medio.
Quinto.- Para el mercadillo de los viernes se habilita un aseo de uso exclusivo para los comerciantes en el edificio del Centro Cultural, para poder acceder a él deberá ir provisto de tarjeta identificativa del mercadillo y de mascarilla.
Sexto.- Los comerciantes están obligados a garantizar entre el vendedor y el cliente durante todo el proceso de atención al cliente, distancia de al menos de un metro, cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos.
Séptimo.- Los comerciantes tendrán que tener a disposición de los clientes dispensadores de geles hidroalcóholicos o desinfectantes con efectos virucidas autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
Octavo.- Queda prohibido poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la venta como cosméticos, productos de perfumería y similares que impliquen la manipulación directa por sucesivos clientes.
Noveno.- En el caso que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes que sea facilitada a otros clientes. Esta medida será aplicable a las devoluciones de prendas que realicen los clientes.
Se recuerda el uso obligatorio de mascarillas conforme a normativa sanitaria actualmente en vigor.
Igualmente se pone en conocimiento de la ciudadanía que el Ayuntamiento incrementará la dotación de contenedores en la zona del recinto del mercadillo, así como se incrementarán la vigilancia para el cumplimiento de las determinaciones de la ordenanza en relación a la limpieza del espacio público.
FUENTE: Ayto. de Puerto Real