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jueves, 19 diciembre, 2024
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La Diputación acuerda iniciar los trámites para resolver el contrato de Varcárcel con Zaragoza Urbana

La Diputación de Cádiz ha acordado en Pleno Ordinario el iniciar los trámites para resolver el contrato de Varcárcel con Zaragoza Urbana. La Entidad Provincial quiere ponerla al servicio de la ciudad de Cádiz, en el que podría ser un paso más para el traslado de la Facultad de Educación a la capital gaditana. Elena Amaya (PSOE) y Maribel Peinado (PA) votaron a favor de la propuesta. 

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El Pleno de la Diputación Provincial de Cádiz ha acordado iniciar el procedimiento de resolución de contrato con la empresa Compañía Inmobiliaria y de Inversiones SA (Zaragoza Urbana). La propuesta ha sido presentada por la presidenta de la Corporación, Irene García, e implica que los servicios de la administración provincial tienen la orden de preparar los informes técnicos y jurídicos para “adoptar la resolución que legalmente proceda”.

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Sobre esta medida, el diputado Fran González, que ha defendido la propuesta ante el Pleno, ha explicado que pretende recuperar la propiedad del inmueble y ponerlo a disposición de la ciudad de Cádiz y también que revierta en beneficio del conjunto de la provincia. En defensa de la propuesta, aprobada finalmente con los votos de PSOE, IU, Grupo Andalucista, Por Cádiz Sí Se Puede y Ganemos Jerez, y la abstención del PP, el diputado señaló que se busca “resolver un conflicto que dura más de doce años”.

En la propuesta presentada al Pleno se expone el proceso seguido desde el 25 de junio de 2003, cuando la Diputación firmó un contrato con la citada empresa para la enajenación de los edificios conocidos como Institución Carlos María Rodríguez Valcárcel y Celestino Mutis, por el que se construiría un hotel de cinco estrellas, un aparcamiento en el subsuelo y se mantendría la EscuelaProvincial de Hostelería, bien en el nuevo edificio, bien en una nueva ubicación. Se fijó la adjudicación del inmueble en 8.800.000 euros. Se constituyó una garantía por importe de 323.000 euros y se impuso una condición suspensiva consistente en el cumplimiento por el adjudicatario de la obligación de promover y alcanzar la aprobación definitiva de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Cádiz, a fin de calificar las parcelas con los usos e intensidades que permitieran el cumplimiento de los fines de interés general que condicionaban la enajenación.

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El plazo para obtener esta modificación se fijó en un principio en un año; plazo que fue prorrogándose varios años hasta que el 2 de junio de 2009 el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó la orden por la que se aprobaba la modificación del PGOU. En junio de 2010 presentó por escrito su intención de resolver el contrato, que reiteró en varias fechas posteriores. Petición que el 15 de marzo de 2011 fue desestimada por la Diputación, a la vez que se aprobaba la liquidación de las cantidades pendientes de abono por el contratista. La empresa alegó a esta propuesta, oponiéndose, dado que no reconocía la naturaleza del contrato administrativo especial que dio lugar a la enajenación.

El 19 de noviembre de 2012 la empresa volvió a reiterar su solicitud de resolución de contrato y rechazó su responsabilidad por la situación de deterioro de la Escuela de Hostelería de la Diputación.El Pleno de la Corporación Provincial en la sesión del 20 de febrero de 2013 desestimó esta solicitud de la empresa, que interpuso ante esto un recurso contencioso-administrativo, que fue desestimado en sentencia del 30 de abril de 2015.  En este procedimiento se acordó la suspensión cautelar del acuerdo recurrido, condicionándose dicha suspensión a que Zaragoza Urbana constituyera garantía por importe de 2.858.327,67 euros. El 15 de julio de 2015 se tuvo conocimiento del auto de medidas cautelares para su cumplimiento, una vez declarada bastante la garantía, por lo que la ejecución de el acuerdo del Pleno está suspendido.

Asimismo, la adjudicataria en posesión del inmueble desde el momento de la firma del contrato ha sido requerida por el Ayuntamiento de Cádiz para que ejecute obras de ornato y seguridad en el edificio y en el muro perimetral. La empresa ha recurrido este requerimiento por vía contencioso-administrativa.

La Diputación alega que la adjudicataria no ha dado cumplimiento a las obligaciones asumidas en relación a la redacción de proyectos, ejecución de las obras e inicio de las actividades previstas en el contrato. En el pliego de condiciones del contrato se especifica como causa de la resolución del contrato el incumplimiento de los fines de interés general señalados en su capítulo IX. Hay una cláusula, la 27, que establece que la inejecución, abandono o paralización de las obras por un período superior a los seis meses dará lugar a la resolución del contrato, con la consiguiente reversión ala Diputación de las fincas enajenadas, en el estado en que se encuentren y libres de cargas y gravámenes.

En la situación señalada, la Diputación devolverá al adjudicatario la parte del precio abonado y el valor de las obras ejecutadas que sirvan para los fines de interés general que condicionan la enajenación, previa deducción de los daños y perjuicios irrogados a la Diputación y aquellas otras responsabilidades en que hubiera incurrido la empresa, por lo que debe pronunciarse sobre la cancelación o incautación de la garantía definitiva constituida.

La propuesta aprobada por el último Pleno y presentada por la presidenta de la Diputación señala que todos los antecedentes que se han expuesto “ponen de manifiesto el incumplimiento tanto de los plazos parciales de presentación de los proyectos e inicio de las obras, como del total establecido para ejecutarlas” y en definitiva el incumplimiento “de la obligación de dar al inmueble el destino para el que fue enajenado”. De ahí que acuerde el inicio del procedimiento de resolución del contrato.

FUENTE: Diputación de Cádiz

Redacción
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