La Villa de Puerto Real fue fundada por los Reyes Católicos en 1483. En junio de 1483, más exactamente. Por documento dado en Córdoba -la Carta Puebla Fundacional de la Real Villa, desaparecida no hace tanto- el 18 de junio de dicho año, más concretamente…
En esa docena de palabras tan bien conocidas por todos los portorrealeños (al menos hasta ahora) se resumen en buena medida algunas de las claves y esencias de la Villa, de nuestro pueblo, de Puerto Real.
Desde el mismo comienzo de la existencia de Puerto Real como entidad administrativa a finales del siglo XV, cuando la Corona de Castilla da identidad a la Villa desgajando nuestro actual término municipal (más algunas piezas perdidas del mismo como La Carraca o la Isla Verde, que por decisión del dictador Miguel Primo de Rivera serían entregadas a la vecina localidad de San Fernando a mediados de la década de los años veinte del siglo pasado, hace ahora casi una centuria) del enorme alfoz de Jerez de la Frontera, la fecha de la Fundación ha constituido una referencia básica para todos los portorrealeños.
Pero Puerto Real, está claro, es mucho más que un mero dato concreto, mucho más que una fecha en un documento pluricentenario, por más relevante que sea -que lo es, sin duda alguna- como la Carta Puebla Fundacional: trasciende del dato para fundirse con su realidad bidimensional, la que está compuesta por la componente actual y por la componente histórica.
Puerto Real tiene entre sus señas identitarias más potentes la misma fisonomía de su casco urbano; la trama hipodámica, en damero o en tablero de ajedrez que caracteriza a la par que distingue al casco histórico de nuestra ciudad no es fruto del azar, como sabemos, sino reflejo de la voluntad expresa del Estado fundador de la Real Villa, Castilla, con una Monarquía Hispánica profundamente comprometida con las reformas de toda naturaleza que vinieron de la mano de esa nueva manera de ver el mundo que supondría el Renacimiento.
Puerto Real no es una villa medieval; no es una puebla surgida al calor de la Reconquista, como otras muchas (sin que ello represente demérito alguno para esas villas y pueblas); Puerto Real es, lo sabemos, el fruto y la consecuencia de la voluntad regia de reafirmar la presencia del Estado en un ámbito, el de la Bahía de Cádiz y el Golfo gaditano (desde una perspectiva más amplia), en el que los señoríos nobiliarios (los Guzmanes, los de la Cerda, los Ponce de León, los Ribera…) se habían hecho de un modo u otro (por servicios a la Corona o incluso por usurpación en algún caso) con buena parte del territorio y de los núcleos de población de dicha amplia región, especialmente en el caso de los más relevantes, caso de Sanlúcar de Barrameda, El Puerto de Santa María o Cádiz.
Sabemos que Puerto Real surge como una consecuencia de los intereses y necesidades de la Corona de Castilla, como venimos diciendo, algo de lo que hemos tratado públicamente en diversas ocasiones anteriores, como en el caso de nuestra conferencia “Puerto Real en la geoestrategia global de Castilla en el siglo XV”, impartida en las Jornadas Culturales de la Peña Panaderos, en Puerto Real, el 29 de noviembre de 2016. Igualmente hemos abordado esta cuestión por escrito, por ejemplo en nuestro artículo de título “Notas sobre la Fundación de Puerto Real en la geoestrategia de la Corona de Castilla a fines del siglo XV”, un texto de 2033 palabras publicado en este mismo espacio digital, “Puerto Real Hoy” el 28 de enero de 2017 (puede encontrarse dicho artículo en https://www.puertorealhoy.es/notas-sobre-la-fundacion-de-puerto-real-en-la-geoestrategia-de-la-corona-de-castilla-a-fines-del-siglo-xv/).
El enorme alfoz de Jerez de la Frontera incluía una franja litoral que hacía posible que la gran ciudad de interior contase no sólo con el acceso al mar que le brindaba el Guadalete (piénsese en las ondas azules -las olas- que adornan el escudo de la ciudad jerezana ocupando precisamente el espacio central del mismo, y en su simbolismo acuático): de ese modo, Jerez se asomaba al Atlántico por el actual término municipal portorrealeño, por pagos como los de La Cabezuela, Matagorda, La Argamasilla (el actual casco ubano portorrealeño) o Jarana; es de señalar además que el Guadalete contaría por la época de la Fundación de la Villa con una doble desembocadura activa, con un cauce septentrional desembocando por El Puerto de Santa María y un brazo meridional (el actual río San Pedro) que corría y desembocaba por territorio que antes de 1483 era aún jerezano y que después de dicha fecha sería ya portorrealeño.
Hasta esas fechas de finales del Cuatrocientos, Jerez de la Frontera tenía, así pues, una más que significada relación con el mar; es de notar en este sentido que la ciudad xericiense era un realengo -esto es, una ciudad de la Corona- y no un señorío nobiliario, por lo que dicho litoral hoy portorrealeño era territorio del Estado de todos modos.
La necesidad de controlar dicho litoral de una manera más inmediata y efectiva mediante la creación de una nueva puebla (en este caso, Puerto Real, una villa -es decir, más que una puebla) llevaría a la reina de Castilla, Isabel I, a segregar la franja costera del alfoz de Jerez respecto al núcleo jerezano, y a coronar la referida franja costera con la creación de la nueva Villa Realenga de Puerto Real, cuyo casco urbano se emplazaría sobre el pago de La Argamasilla, en un entorno seguro, en el interior del saco meridional de la Bahía de Cádiz, casi equidistante de los pagos de Jarana –al Levante- y del Trocadero, Matagorda y La Cabezuela -al Poniente.
Y dicha necesidad por parte de la Corona de un mayor y mejor control de este territorio costero sujeto al realengo se haría imperiosa tras los reiterados intentos del marqués de Cádiz, Rodrigo Ponce de León “el Viejo” (conde de Arcos y marqués de Cádiz tras haber usurpado la ciudad y el marquesado gaditanos a la Corona bajo el reinado del hermano y antecesor de la reina Isabel la Católica, el rey Enrique IV) de hacerse con el control de algunos de los pagos de esta zona y hasta entonces (hasta 1483) jerezanos: el marqués de Cádiz trataría al menos en dos ocasiones, en 1480 y 1481 de ocupar los pagos de La Cabezuela, la Matagorda y el Trocadero desde Cádiz y por la fuerza, algo que sería impedido igualmente por la fuerza por Jerez de la Frontera (a cuyo alfoz pertenecían aún por dichos años los menconados pagos costeros hoy portorrealeños).
Como ya hemos señalado en párrafos anteriores, estas circunstancias (unidas a la necesidad de la Corona de contar con un puerto de envergadura ante la pérdida del control regio sobre Cádiz durante los años de la usurpación de dicha ciudad por parte de los Ponce de León) llevarían a la creación de Puerto Real, estableciendo un núcleo poblacional frente al gaditano como manera de prevenir e impedir ulteriores intentos de ocupación de uno u otro rincón de este litoral de la Bahía gaditana por parte de los marqueses de Cádiz y condes de Arcos de la Frontera.
Todo ello, aparejado a otras cuestiones tales como la política ultramarina de la Monarquía Hispánica y sus proyecciones atlántica, americana, africana, mediterránea y aun asiática, estaría en la raíz y la médula de la creación por parte de la Corona castellana de la Real Villa de Puerto Real, una nueva población creada con muchos elementos de conexión pero al mismo tiempo bajo unas premisas y un espíritu muy diferente de aquellos que guiaron la fundación de pueblas, villas y ciudades en la Castilla plenamente medieval.
La nueva fundación portorrealeña no es, no sería, una villa medieval: su creación, amén de las razones geoestratégicas y económicas que la impulsaron, vino de la mano de un talante y un tono nuevos, de un espíritu ya renacentista. Y de ello hablaremos en próximos párrafos de esta serie.