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jueves, 19 diciembre, 2024
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El Juzgado anula la «Bolsa de Empleo» convocada por el Ayuntamiento de Puerto Real

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº2 de Cádiz ha anulado la «Bolsa de Empleo» creada durante el pasado Octubre de 2017. Un revés que es la consecuencia de la impugnación llevada a cabo por la Junta de Personal del Ayuntamiento de Puerto Real.

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El pasado 29 de Enero, Junta de Personal y Ayuntamiento de Puerto Real se vieron las caras ante la demanda presentada por la primera a la bolsa de empleo municipal creada desde el Equipo de Gobierno de Sí Se Puede Puerto Real (Podemos) y EQUO durante los últimos cuatro años. Una iniciativa que llevó a cientos de personas a entregar sus credenciales para optar a puestos de trabajo dentro del Consistorio de La Villa.

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“Se trata de una bolsa para cubrir necesidades urgentes, pero puntuales, e incluye desde ordenanzas hasta letrados municipales”, defendía el entonces Teniente de Alcalde de Recursos Humanos, Juan Antonio Pontones (Sí Se Puede Puerto Real), que añadía que esta era  “la forma mas transparente de contratar, siendo ésta una de las promesas con las que concurrimos a las elecciones y que ahora estamos cumpliendo”. El propio Pontones aseguró, tras la impugnación, que la Bolsa de Empleo seguiría adelante.

Plazas reservadas para personal Funcionario

A la sentencia, a la que ha tenido acceso Puerto Real Hoy, la Junta de Personal defendió que desde el Ayuntamiento de Puerto Real «se aprueban una bases para puestos de personal laboral», tal como se indicaba en el Decreto que se impugna, «si bien, algunos puestos de trabajo, están reservados exclusivamente a personal funcionario, en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Puerto Real».

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Asimismo, señala el magistrado Antonio Rodríguez que «en el Decreto impugnado se establece que el objeto de la misma es el de atender la reposición de efectivos y paliar la situación de desempleo dentro de las posibilidades económicas que tiene el Ayuntamiento de Puerto Real, es decir, el Decreto incluye unas nuevas modalidades de contratación en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la de reposición de efectivos y la de paliar la situación de desempleo, lo que considera la parte recurrente que constituye un fraude de ley».

Juan Antonio Pontones, ex Edil de Recursos Humanos
Juan Antonio Pontones (Sí Se Puede PR), ex Edil de Recursos Humanos.

 

Unas reclamaciones que ya había realizado la propia Junta de Personal a través de un comunicado emitido poco después de la convocatoria de la bolsa de empleo. Por otro lado, en la vista alegaron que dichas bases aprobadas vulneraban «los principios de igualdad, mérito y capacidad, ya que las bases establecen una puntuación distinta para los aspirantes de la propia Administración y los de otra Administración similar», además de tener defectos formales como la no publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y de no ofrecérselo a otros miembros actuales del Consistorio para su promoción interna.

Por su parte, el Letrado del Ayuntamiento de Puerto Real defendió la postura municipal en cuanto «al fondo del asunto entiende que no se produce una modificación de la RPT y se hace una bolsa de empleo para cubrir necesidades de empleo. No se contrata a las personas que se determinan en la bolsa de empleo sino que se van contratando según la necesidad que el Ayuntamiento tenga en dicho momento».

Varios puestos

Como afirmó Pontones en la presentación de la convocatoria, la bolsa de empleo ofertaba puestos desde Conserjes, Operario de Instalaciones Deportivas, Operarios, Oficial Conductor, Administrativos, Trabajadores Sociales, Psicólogos, Tecnicos Medios y Superiores de Gestion o Letrados.

De hecho, en el Auto se cuestiona la falta de especificación de varios puestos de trabajo «con lo que se abre la posibilidad de que cualquier puesto reservado a funcionarios, puedan ser ocupados por personal laboral». Algo a lo que la Junta de Personal añadió que se producía «un incumplimiento de la reserva funcionarial establecida en el art. 103 de la Constitución Española, artículo 9.2 del estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 15 de la Ley 30/1984, que consagran el principio general de que los puestos de trabajo de las Administraciones Públicas deben ser reservados a los funcionarios y la excepción ha de ser los puestos que pueden ser cubiertos por personal laboral fijo».

Unas explicaciones que el Magistrado entendió como suficientes para estimar que la Relación de Puestos de Trabajo aprobado por el Ayuntamiento de Puerto Real en Julio de 2008 deba ser respetada, ya que diversos puestos ofertados en la bolsa de empleo deberían estar reservados y ocupados por funcionarios y no por personal laboral.

El SEPAP denunció la gestión de la Bolsa de Empleo
El SEPAP denunció la gestión de la Bolsa de Empleo

«Es indiferente que se trate de una bolsa de personal laboral y que se vaya aplicando según las necesidades puesto que se evidencia que la misma no es acorde con la relación de puesto de trabajo actualmente existente en la administración demandada. Se considera pues que la resolución recurrida infringe la relación de puestos de trabajo y por tanto procede a la anulación de la misma», insiste el auto.

Ante dicha sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla.

Denuncias de Partidos y Sindicatos

La convocatoria de la Bolsa de Empleo no estuvo exenta de polémica en el Ayuntamiento de Puerto Real. Tanto es así, que el sindicato SEPAP en el Consistorio mostró su «enérgica oposición» a la gestión de la bolsa de empleo, considerando que se estaba «santificando, de una forma arbitraria, el acceso al empleo público, de manera clientelar y sometida a lo que disponga el político de turno y el sindicato que lo aplauda«.

Las denuncias no quedaron ahí, ya que tanto el Partido Andalucista -entonces en la oposición- como Andalucía Por Sí -desde su Coordinadora- denunciaron la falta de información y la «mentira» que suponía la bolsa de empleo convocada.

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