El Colectivo de ex trabajadores de Delphi ha informado que el Juzgado de Instrucción Número 20 de Sevilla está instruyendo diligencias previas tras la denuncia penal ante los ex presidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Por su parte, el TJSA desestima la demanda del colectivo contra la Junta de Andalucía por «inactividad».
El Juzgado de Instrucción número 20 de Sevilla instruye diligencias previas tras admitirse a trámite la denuncia penal interpuesta por la Asociación de Extrabajadores de Delphi contra los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como contra los exconsejeros Antonio Fernández y Manuel Recio -responsables del área de Empleo entre 2007 y 2012- por la supuesta simulación de contratos laborales cuando el colectivo recibía formación.
Así lo han confirmado a Europa Press fuentes de la Asociación de Extrabajadores de Delphi -aglutina a unos 400 extrabajadores y es independiente de los sindicatos, pues se creó a raíz de la «desconfianza» sobre cómo están llevando este asunto-, que también ha informado de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la demanda formalizada en 2015 por «inactividad» de la Junta en su obligación de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos tras el cierre de Delphi en Puerto Real.
En la sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que no cabe recurso, la Sala emite un fallo desestimatorio al entender que el protocolo de colaboración suscrito tras el cierre y sus 16 desarrollos posteriores «no son verdaderos convenios de colaboración bilateral», sino un «compromiso institucional con los sindicatos de adoptar medidas socioeconómicas que participan más de la naturaleza subvencional».
De hecho, el Alto Tribunal entiende que los protocolos fueron «el instrumento o disfraz para dar cobertura a una serie de actuaciones de fomento y canalizar ayudas directas, huyendo así de las normas que regulan el procedimiento de subvención pública».
De ahí, según señala, que la propia Administración demandada esté revisando de oficio protocolos similares al de Delphi «por la nulidad de pleno derecho de los mismos», procediendo además a dictar el Decreto-Ley 4/2012 para «avanzar en los sistemas de control y verificación de esas ayudas y sus preceptores». Es decir, que dicha norma pretende «regularizar los pagos de medidas sociolaborales a empresas en crisis o a sindicatos que hasta entonces habían sido puestas en tela de juicio».
En opinión de la asociación, «no se entiende que la Junta cree unos compromisos en forma de protocolo y luego diga que son nulos de pleno derecho, eso sí, cuando han conseguido el rédito electoral que buscaban y presuntos beneficios que están siendo investigados».
Además de eso, han censurado que la Administración «cree luego una norma en forma de decreto para justificar lo anterior y dejar sin validez su compromiso con el resto de trabajadores que no han obtenido el mismo trato», incurriendo así en un «agravio comparativo».
Expone la sentencia que el colectivo de extrabajadores de Delphi queda fuera del grupo de beneficiarios de las ayudas establecidas en el Decreto-Ley, ya que para ser beneficiario «se deben reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos» en la norma con rango de ley.
En vistas del fallo del TSJA, la asociación ha informado de que su siguiente paso será enviar requerimientos los representantes de CCOO, UGT, CGT y USO firmantes del acuerdo del 4 de julio de 2007, pues «si los tribunales dicen que todo fue un disfraz, tendrán que aclarar si tenía intereses personales», sin descartar emprender nuevas acciones judiciales por ello, y también porque «no hicieron absolutamente nada contra el decreto que dejaba sin efecto el protocolo».
Por la vía penal
Por otra parte, han explicado que confían en que prospere el procedimiento penal que emprendieron inicialmente contra Chaves, Griñán y contra los exconsejeros de Empleo, así como contra todo aquel al que puedan extenderse las responsabilidades derivadas de la supuesta simulación de contratos laborales cuando el colectivo recibía formación, que ha sido «sumamente perjudicial» para los trabajadores. Consideran que puede haberse incurrido en posibles delitos de prevaricación, simulación de contratos y falsedad documental.
Desde la asociación han recordado que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con fundamento en un informe de la Inspección de Trabajo, considera simulados dichos contratos laborales, sirviendo dicho informe para sancionar a empresas que impartieron la formación y que reaccionaron «demandando a los trabajadores». Los juicios están señalados para los años 2017 y 2018.
Al respecto, han comentado que uno de los tres juzgados de lo Social que llevan el asunto ha desestimado los recursos de los extrabajadores y ha acordado aplicar la medida cautelar solicitada por el SEPE de suspender el subsidio a los afectados.
Asimismo, han destacado otros perjuicios como la posible anulación de los periodos de cotización o el dictado de una sentencia que les obligue a devolver las prestaciones. Y todo pese a que la propia Inspección de Trabajo señala en su informe que fueron «ajenos a tal simulación» y que «no intervinieron ni en la elaboración ni en la puesta en marcha de estas iniciativas».
En su opinión, esto es «más grave aún» si se tiene en cuenta que para mantenerse en el Dispositivo de Tratamiento Singular (DTS) «se exigió a cada uno de ellos la firma de un contrato de adhesión individual que implicaba el compromiso de aceptación y cumplimiento de los planes de formación y de las contrataciones laborales que ahora parecen resultar no ajustadas a derecho».
FUENTE: EP