Un mínimo de 15 carnavales en activo, y en cualquier actividad relacionada con la fiesta que no aparezca recogida en las Bases de ‘Serpentina de Plata’, es uno de los requisitos establecidos por el Ayuntamiento de Puerto Real para los aspirantes a la distinción ‘Plumero de Oro’, considerada el máximo reconocimiento a una labor constante en pro del carnaval puertorrealeño.
Al Plumero de Oro pueden optar tanto las personas físicas como entidades, mediante candidatura entregada en el Registro General del Ayuntamiento, hasta el día 29 de enero, a propuesta de personas, entidades o agrupaciones. Dichas candidaturas deberán exponer los méritos del candidato o candidata debidamente justificados.
Será la Mesa del Carnaval la encargada de evaluar las candidaturas presentadas y una vez examinadas todas las propuestas, será quien designe a la persona o entidad a quien se concederá el galardón, candidatura que se elevará al Foro de Fiestas que será quien designe finalmente al Plumero de Oro.
Convocado también el galardón «Serpentina de Plata»
Por su parte, la distinción denominada ‘Serpentina de Plata’, un reconocimiento a una labor constante en pro del Carnaval de Puerto Real en las actividades relacionadas con la participación popular en los actos programados con motivo de dicha fiesta y, especialmente en las labores de artesanía y en la Cabalgata del Humor. Parta las personas aspirantes se establece un mínimo de 10 años en activo en alguna de las citadas actividades.
A serpentina de Plata podrán optar tanto personas físicas como entidades mediante candidatura entregada en el Registro General del Ayuntamiento, hasta el 29 de enero, a propuesta de personas, entidades o agrupaciones.
La Mesa del Carnaval, una vez entregadas, evaluadas y examinadas todas las propuestas designará a la persona o entidad candidata, y elevará dicha candidatura al Foro Municipal de Fiestas que será quien finalmente designe a la Serpentina de Plata del Carnaval de Puerto Real 2024.
Bases para ambas distinciones disponibles en la web municipal www.puertoreal.es
FUENTE: Ayto. de Puerto Real