El Consejo de Ministros ha acordado este lunes declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC) todo el área dañada por el incendio de Las Canteras, en Puerto Real, el pasado 6 de Agosto, y que afectó al 80% del Parque Natural situado en la Villa.
La decisión del Consejo de Ministros abre la vía para que los afectados por este incendio forestal puedan solicitar las ayudas previstas para paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles y de otros servicios; así como las que corresponden corporaciones locales cuyos territorios se vieron afectados por el fuego. Se conceden con apoyo en el principio de solidaridad interterritorial y de manera subsidiaria, para complementar las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las comunidades autónomas.
AYUDAS DIRECTAS
Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:
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Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
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Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.
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Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
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Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.
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Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.
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Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
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Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
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Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
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Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.
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El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
OTRAS MEDIDAS
El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:
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Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
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Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
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Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
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Daños en infraestructuras públicas y dominio público: los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.