La Piscina Municipal de verano prevé abrir el próximo 15 de Junio en Puerto Real. Así lo han comunicado miembros de la cooperativa de trabajadores, Cooperactiva, a Puerto Real Hoy. Pese a las intenciones, será finalmente el Ayuntamiento de Puerto Real el que tenga que dar el visto bueno de la apertura del, a día de hoy, cerrado Complejo Municipal de Piscinas.
De momento, el recinto y los miembros de CooperActiva solo tienen previsto permitir el acceso a la instalación exterior, quedando el complejo interior del mismo para acondicionamiento para garantizar las máximas medidas de seguridad, «con la idea de reabrir en Septiembre». Desde la cooperativa se ha insistido en que «se llamará a cada usuario a medida de que se acerquen las fechas para informar».
Contemplado en la Fase 2
El Gobierno permitirá la reapertura al público de las piscinas recreativas, aunque con un 30% del aforo, así como el tránsito, permanencia y baño en las playas durante la fase 2 de la desescalada.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), se podrá proceder a la apertura al público de las piscinas recreativas, quedando permitido el acceso a las mismas por parte de cualquier persona.
El aforo máximo permitido será del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad de dos metros entre usuarios. La Orden del Ministerio de Sanidad del 16 de mayo establece que, en caso contrario, se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad.
Para poder acceder a la piscina se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.
La Orden recoge que previamente a la apertura, se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como pueden ser vestuarios o baños.
Desinfección
Asimismo, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como el vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios y que forme parte de la instalación.
Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V del Reglamento (UE) n.º 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas.
Asimismo, se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
Con respecto a las medidas de higiene y prevención, la Orden destaca que aquellas superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección de, al menos, tres veces al día.